Consejo de la Judicatura | Consejo de la Judicatura amplía el sistema de turnos para atender acciones de garantías jurisdiccionales durante la emergencia
Sábado, 18 abril 2020 16:08

Consejo de la Judicatura amplía el sistema de turnos para atender acciones de garantías jurisdiccionales durante la emergencia

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El Pleno del Consejo de la Judicatura resolvió ampliar y establecer el sistema de turnos en la atención de garantías jurisdiccionales, por las y los jueces de primer nivel, en las provincias de Guayas, Pichincha, Los Ríos, El Oro, Manabí y Azuay, durante la emergencia sanitaria.

 

La decisión fue adoptada en sesión extraordinaria realizada este 17 de abril de 2020, de conformidad con las directrices establecidas en la resolución No. 031-2020 de 17 de marzo de 2020, mediante la cual se suspendió la atención y la jornada laboral de los servidores judiciales, excepto para los casos de flagrancia penal, violencia contra la mujer y miembros del núcleo familiar, tránsito y adolescentes infractores.

 

De acuerdo a lo resuelto por el Pleno del CJ, las apelaciones en materia de garantías jurisdiccionales serán conocidas y resueltas por las y los jueces competentes de acuerdo al procedimiento previsto en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.

 

Las direcciones provinciales, bajo la supervisión de la Dirección General del Consejo de la Judicatura, elaborarán el cronograma, los horarios y los cuadros de atención respectivos.

 

En las demás provincias, las y los jueces de flagrancia y multicompetentes de turno continuarán conociendo y resolviendo las causas de garantías jurisdiccionales.

 

El Pleno del Consejo de la Judicatura ampliará o modificará la aplicación de este sistema, de acuerdo con las disposiciones emitidas por el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional, a partir de lo cual se priorizarán las provincias con mayor incidencia de contagios del COVID - 19.

 

Durante la vigencia del estado de emergencia sanitaria, quedan excluidos de la atención de garantías jurisdiccionales, las y los servidores judiciales que presenten una o más condiciones de vulnerabilidad de contagio del COVID-19, como edad superior a los 60 años, estado de gestación o en periodo de lactancia, patologías crónicas e inmunodeprimidos o el padecimiento de comorbilidades, debidamente justificadas.

 

Para el conocimiento de estos temas, los servidores judiciales podrán realizar audiencias mediante sistemas telemáticos, inclusive desde sus domicilios, mientras dure la emergencia sanitaria.

 

DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN

 

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